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¿En serio tenemos un sistema nacional de elecciones?
dc.contributor | Nieto, Santiago | es_MX |
dc.date.accessioned | 2018-02-21T15:54:15Z | |
dc.date.available | 2018-02-21T15:54:15Z | |
dc.date.issued | 2018-02-21 | es_MX |
dc.identifier.uri | http://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/1270 | |
dc.description | <p>A veces pienso que no. Cuando veo algunas sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral. En teoría, la reforma de 2014 construyó un sistema nacional de elecciones en el que el INE, al ser la instancia organizadora de los comicios, se convierte en un ente rector para el resto de las instituciones administrativas electorales. Este modelo cuenta con medios de impugnación que permiten la revisión de los actos de autoridades electorales y partidos políticos, a nivel federal y local, los cuales se unen particularmente con el JRC y el REC. Cierran el trípode electoral las instancias de procuración de justicia, FEPADE y las fiscalías electorales locales que, deben coordinarse por disposición legal con el INE y las demás autoridades sobre todo en la prevención del delito electoral.</p><p>Si algo falla en la organización, la calificación o la persecución del delito, el sistema en su conjunto se ve afectado. Si hay dudas respecto a un órgano, todo el sistema paga el precio de la pérdida de legitimidad. Tal parece que un grupo mayoritario de integrantes de la Sala Superior no alcanzan a comprender esto. Pareciera que ellos se ven a sí mismos como los dioses supremos del sistema y no como una parte funcional del mismo.</p><p>Con varias sentencias, como cancha pareja y programas sociales, tal pareciera que el INE tiene un nuevo enemigo encarnado en las expresiones que en las sesiones públicas vierten los integrantes de la Sala Superior. Con cancha pareja y la sentencia de programas sociales, bajo el argumento de que no hay ley secundaria del artículo 134 constitucional, los magistrados dieron por tierra la generación de un piso aceptable de equidad en los procesos electorales. </p><p> Recientemente, el SUP-RAP-748/2017, revoca la reforma al Reglamento General de Elecciones del INE, que permitía acomodar los votos introducidos de forma errónea en urnas de otras elecciones en los montones correctos, para ahorrar tiempo en el cómputo y poder dar resultados electorales de forma más eficiente. Contrario a la interpretación funcional de las normas, y con un hiper gramaticalismo en la interpretación, revocan la decisión del Consejo y obligan a ir desahogando cómputo por cómputo, sin poder elaborar las actas de resultados sino hasta que todas las elecciones fueran computadas, con lo que se retrasa evidentemente la trasmisión de resultados preliminares y conteos rápidos. Hay que reconocer a Reyes y De la Mata su postura. </p><p>Imaginemos un escenario de una elección que se cierra entre dos o tres candidatos. ¿En serio alguien cree que es inteligente que el INE no pueda dar resultados oficiales? ¿No se percibe que esa falta de resultados oportunos pueda generar un clima de incertidumbre y golpeteo a la institución? ¿En serio queremos eso? </p><p>Por eso a veces pienso que no tenemos un sistema nacional de elecciones. Cuando uno de sus componentes decide cerrar los ojos a la realidad.</p> | es_MX |
dc.format | image/jpeg | es_MX |
dc.language.iso | es | es_MX |
dc.publisher | Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas | es_MX |
dc.subject | INE | es_MX |
dc.subject | TEPJF | es_MX |
dc.subject | FEPADE | es_MX |
dc.title | ¿En serio tenemos un sistema nacional de elecciones? | es_MX |
dc.type | Working Paper | es_MX |
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