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dc.contributorTorres, Bárbaraes_MX
dc.date.accessioned2018-03-13T13:45:58Z
dc.date.available2018-03-13T13:45:58Z
dc.date.issued2018-03-13es_MX
dc.identifier.urihttp://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/1346
dc.description<p>El Instituto Nacional Electoral (INE) ha decidido realizar un conteo r&aacute;pido, tal como lo permite expresamente la ley, para garantizar el derecho de informaci&oacute;n de la ciudadan&iacute;a el 1&ordm; de julio. Sin embargo, el Partido Verde Ecologista de M&eacute;xico ya ha cuestionado el acuerdo, por lo que este tema ser&aacute; objeto de discusi&oacute;n en los pr&oacute;ximos d&iacute;as. Es preciso entonces realizar un recuento de las fortalezas de los conteos r&aacute;pidos y de por qu&eacute; su funci&oacute;n es clave en nuestro sistema electoral.&nbsp;</p><p>Lo primero que hay que tener presente es que el Conteo R&aacute;pido tiene una validez jur&iacute;dica de orden constitucional. El art&iacute;culo 41, base V, apartado B, inciso a, numeral 5, establece con toda claridad que corresponde al INE &ldquo;las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares; encuestas o sondeos de opini&oacute;n; observaci&oacute;n electoral; conteos r&aacute;pidos; impresi&oacute;n de documentos y producci&oacute;n de materiales electorales&rdquo;, por lo que su realizaci&oacute;n tiene un mandato jur&iacute;dico incuestionable cuyo funcionamiento est&aacute; a cargo de la autoridad administrativa.&nbsp;</p><p>En este sentido, el art&iacute;culo 220 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, as&iacute; como los art&iacute;culos 355-382 del Reglamento de Elecciones del INE, establecen las directrices y los procedimientos que involucran el dise&ntilde;o, implementaci&oacute;n, operaci&oacute;n y difusi&oacute;n de la metodolog&iacute;a, as&iacute; como de los resultados que arrojan estos ejercicios por un lado y, por el otro, otorgan facultades al Instituto para identificar y decidir sobre los procesos operativos que mejoren su desarrollo o resolver cualquier aspecto no previsto.&nbsp;</p><p>Lo segundo a tener en cuenta es que el Conteo R&aacute;pido es ante todo un ejercicio matem&aacute;tico de rigor cient&iacute;fico. Por definici&oacute;n, se trata de un procedimiento estad&iacute;stico dise&ntilde;ado para estimar con oportunidad las tendencias de los resultados finales de una elecci&oacute;n. &iquest;C&oacute;mo lo hace? a partir de una muestra probabil&iacute;stica cuyo tama&ntilde;o y composici&oacute;n se establecen con anterioridad. Ahora bien, como todo modelo, la precisi&oacute;n y confiabilidad de los resultados depende de una serie de factores que fundamentalmente se relacionan con: (i) la informaci&oacute;n con la que se alimente y (ii) los m&eacute;todos estad&iacute;sticos con que se procesen.&nbsp;</p><p>As&iacute; pues, a ra&iacute;z de la reciente sentencia del Tribunal Electoral, la respuesta del INE para dar a conocer tendencias de la elecci&oacute;n el mismo d&iacute;a de la jornada electoral a trav&eacute;s de Conteos R&aacute;pidos oportunos es cambiar la fuente de informaci&oacute;n &ndash;originalmente prevista de las actas de escrutinio y c&oacute;mputo- y alimentar el modelo estad&iacute;stico a partir de los datos de las hojas de operaciones, tambi&eacute;n conocidas como cuadernillos de trabajo, en que se asientan los resultados de cada elecci&oacute;n que posteriormente se transcriben a las actas de escrutinio y c&oacute;mputo. Es decir, en los hechos se trata de pr&aacute;cticamente la misma informaci&oacute;n.&nbsp;</p><p>En consecuencia, una cuarta clave para no perder de vista cuando se ponga en duda este mecanismo es que los cuadernillos de trabajo son un material previsto por la ley, expedido por autoridad competente y por tanto un documento oficial con valor pleno para todos los efectos. Se trata de un material de apoyo verificado, homologado, de producci&oacute;n y distribuci&oacute;n controlada y puesto a disposici&oacute;n &uacute;nicamente de quienes fungir&aacute;n como funcionarios(as) de casilla. Si esto no fuera suficiente, su llenado se hace delante de todos los partidos pol&iacute;ticos y observadores electorales que acompa&ntilde;an la elecci&oacute;n.&nbsp;</p><p>Por &uacute;ltimo, una quinta clave en las fortalezas del Conteo R&aacute;pido es que, desde 2003, el INE conforma un Comit&eacute; T&eacute;cnico Asesor para el Conteo R&aacute;pido (conocido como COTECORA), integrado por ciudadanos y ciudadanas altamente calificadas que trabajan el modelo estad&iacute;stico y la selecci&oacute;n de la muestra que arrojar&aacute; las tendencias el d&iacute;a de la elecci&oacute;n. Por ley, tanto el Comit&eacute; T&eacute;cnico como las autoridades electorales son los responsables de garantizar la precisi&oacute;n, as&iacute; como la confiabilidad de los resultados.</p><p>Es necesario tomarse en serio las decisiones de nuestras autoridades electorales. La presencia de estos ejercicios no es un invento institucional que se encuentra al margen de la normativa electoral y quienes las operan son fundamentalmente ciudadanos(as), por lo que el INE tiene por delante un reto may&uacute;sculo en la capacitaci&oacute;n de este proceso. Sin embargo, para estas elecciones en donde el Instituto llevar&aacute; a cabo 10 ejercicios de Conteo R&aacute;pido, pues tiene a su cargo las tendencias de las elecciones federales y las 9 gubernaturas locales, proporcionar informaci&oacute;n oportuna el mismo d&iacute;a de las elecciones no es un capricho institucional, sino una obligaci&oacute;n de un &oacute;rgano de Estado que tiene por mandato maximizar derechos ciudadanos y abonar a las condiciones de estabilidad del pa&iacute;s.</p><p style="text-align: right;">*Licenciada en Derecho por la UNAM, asesora en el Consejo General del INE</p>es_MX
dc.formatimage/jpeges_MX
dc.language.isoeses_MX
dc.publisherUniversidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicases_MX
dc.subjectConteo rápidoes_MX
dc.titleLas garantías del Conteo Rápidoes_MX
dc.typeWorking Paperes_MX


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