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TEPJF confirma acuerdo del INE que no considera fotocopias como apoyos válidos
dc.contributor | Crónica - | es_MX |
dc.date.accessioned | 2018-03-24T21:45:32Z | |
dc.date.available | 2018-03-24T21:45:32Z | |
dc.date.issued | 2018-03-22 | es_MX |
dc.identifier.uri | http://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/1387 | |
dc.description | <p>La Sala Superior del TEPJF confirmó, por unanimidad de votos, el acuerdo INE/CG87/2018 del Consejo General del INE del Dictamen sobre el cumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro de candidaturas independientes a una diputación federal en el proceso electoral 2017-2018. </p><p> <br />Dicho acuerdo fue impugnado por Víctor Manuel Amezcua Arista, un aspirante a candidato independiente a la diputación federal por el distrito 8 de Michoacán. De la revisión de apoyos capturados en la app, resultó que un número considerable estos no contaba con la imagen original de la credencial para votar. Por lo que el Consejo General del INE determinó que el aspirante no cumplió con el número de apoyos requeridos en la ley. </p><p> <br />Víctor Manuel Amezcua consideraba, entre otras cosas, que desconocer el valor probatorio de las fotocopias de las credenciales para votar, restringe de manera excesiva la libertad de los ciudadanos para respaldar a un aspirante. </p><p> <br />La Sala Superior (SUP-JDC-98/2018) estimó como infundados los agravios del aspirante y confirmó la negativa de darle su registro como candidato independiente. La Sala Superior del Tribunal concluyó que el Consejo General del INE actuó apegado a derecho, ya que cuenta con facultades para establecer la adecuada aplicación de las normas que contienen los requisitos que deben cumplir los aspirantes a participar como candidatos independientes. </p><p> <br />El Pleno determinó que la obligación de presentar el original de las credencial para votar, como medio para probar el apoyo ciudadano a través de la app, es un elemento esencial que brinda certeza de la autenticidad del respaldo otorgado. Por el contrario, las fotografías en blanco y negro desvirtúan la finalidad de la app y generan incertidumbre respecto a la obtención del apoyo. </p><p> </p> | es_MX |
dc.format | image/jpeg | es_MX |
dc.language.iso | es | es_MX |
dc.publisher | Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas | es_MX |
dc.relation.ispartof | http://ru.juridicas.unam.mx/xmlui/handle/123456789/1124 | es_MX |
dc.subject | INE | es_MX |
dc.subject | TEPJF | es_MX |
dc.subject | Candidaturas independientes | es_MX |
dc.subject | Apoyos ciudadanos | es_MX |
dc.title | TEPJF confirma acuerdo del INE que no considera fotocopias como apoyos válidos | es_MX |
dc.type | Working Paper | es_MX |
dc.identifier.url | https://cronicaelectoral.juridicas.unam.mx/posts/post_index/279-tepjf-confirma-acuerdo-del-ine-que-no-considera-fotocopias-como-apoyos-validos | es_MX |
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