Fecha
2018-04-09
Temas
INE
Candidaturas independientes
TEPJF
Bronco
Descripción
<p> </p><p>La Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo del Consejo General del INE por medio del cual determinaron que el aspirante a una candidatura a la Presidencia de la República por la vía independiente, Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco”, no cumplió con el porcentaje de apoyos ciudadanos y no obtendría el registro. </p><p>Votaron a favor de la resolución la magistrada Mónica Soto y los magistrados José Luis Vargas, Indalfer Infante y Felipe Fuentes. En contra la magistrada presidenta Janine Otálora y los magistrados Reyes Rodríguez y Felipe de la Mata.</p><p>La Sala Superior consideró que no se respetó la garantía de audiencia en el proceso de revisión del aspirante, e instruyó al INE a registrarlo como candidato. Lo anterior, porque no se le dieron a conocer las causas para la cancelación de los apoyos electorales, así como el hecho de que el INE consideró unilateralmente rubros que no eran subsanables. </p><p>La sentencia puede consultarse aquí: <a href="http://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias/SUP-JDC-0186-2018.pdf">http://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias/SUP-JDC-0186-2018.pdf </a></p><p> </p>