Fecha
2018-04-17
Autor
Vives Segl, Horacio
Temas
TEPJF
Bronco
Descripción
<p>Como era de esperarse, la resolución del Tribunal Electoral por la que se determinó incluir a Jaime Rodríguez Calderón en la boleta presidencial, ha generado un enorme debate y esencialmente, una crítica mayoritaria. En esta misma plataforma se han presentado contribuciones para la reflexión. Ahí están los textos de Susana Pedroza, Ingrid Curioca, Xavier Rosas, o en coautoría el de Sergio López Ayllón y Javier Martín Reyes.</p><p>A continuación, va una serie de reflexiones en el ánimo de contribuir al debate plural y a la reflexión sobre un tema de la mayor importancia para el país: la credibilidad de las instituciones electorales y su contribución a la vida democrática.</p><p><strong>Reglas, derechos e incentivos perversos.</strong> Es un hecho que los requisitos para obtener una candidatura por la vía independiente son muy difíciles de cumplir (sea para el cargo que sea, así se pida uno o dos por ciento de la lista nominal, más la dispersión territorial y los avales sobre fiscalización de ingresos y gastos), especialmente en la elección presidencial. Eso es algo sabido porque los partidos políticos, que fueron los que acordaron las normas de acceso, las fijaron de tal manera que les complicaran el camino. Pero las reglas ahí están, están para ser cumplidas, y en un Estado de Derecho no se puede justificar su transgresión con tal de obtener un beneficio para un grupo compacto. Era evidente que el Bronco, al igual que Armando Ríos Piter, se iban a inconformar por la decisión del INE que les negó el registro, y que dentro de su estrategia de defensa estaba tratar de ganar en los tribunales lo que las autoridades administrativas apropiadamente les había negado (una estrategia, por cierto, demasiado utilizada en nuestro país para eludir el cumplimiento de las leyes).</p><p><strong>Todos pierden.</strong> Por definición, impartir justicia implica decidir entre dos posturas confrontadas, dando al final la razón a una de ellas, en detrimento de la contraparte. Pero para el caso que nos ocupa, nadie sale ganando. Ni siquiera Rodríguez Calderón, cuya incursión en la boleta llega bajo una andanada de críticas.</p><p> Específicamente en cuanto a las deliberaciones y el fallo del Tribunal, se dio a mi parecer una trampa discursiva entre dos posturas. Enarbolando una postura supuestamente “garantista”, una exigua mayoría de cuatro magistrados se impuso apenas por un voto a la posición que (correctamente, a mi juicio) defendieron los magistrados Rodríguez, De la Mata y la presidenta Otálora, postura que los de la mayoría optaron por calificar (despectivamente) como “legalista”. </p><p>Ser garantista suena bien, de entrada. Pero, mal entendida esa postura, pone en riesgo los valores democráticos. En un Estado democrático de Derecho la ley está para ser cumplida, pues ha de respetarse el orden jurídico emanado de la voluntad popular. Garantismo sin legalidad equivale a dictadura judicial. Los casos de intervención deben ser mínimos, y solamente en caso de que se viole el orden constitucional, particularmente cuando no se respeten los derechos fundamentales de los gobernados. Por eso el de “garantismo vs. legalismo” era, como bien señaló en la discusión el Magistrado Reyes Rodríguez, un falso debate. En un Estado democrático de Derecho hay que ser, al mismo tiempo, garantista y legalista.</p><p>La sentencia pretendió centrarse en si se habían cumplido o no los extremos y formalidades de la garantía de audiencia dentro de un debido proceso, y la propia sentencia reconoce que sí se le había respetado esa garantía al Bronco… para luego “razonar”, sin embargo, que, dado lo cerca que había quedado el aspirante de cumplir con el requisito del número y dispersión de apoyos, había que dar más peso al hecho de que había tenido 98.08% de firmas válidas y “sólo” se había quedado a 16,656 de cumplir con lo que exige la ley, antes que evaluar en conjunto la legalidad del proceso de recolección de apoyos, en la que el INE había acreditado plenamente que se había violado cientos de miles de veces la legalidad por parte del aspirante, quien presentó un número absurdo de registros inválidos. </p><p><strong>¿Certeza? ¿Para qué?</strong> Parece que los 4 magistrados del tribunal entendieron algo así como que, en tanto que la pelota cayó en la red, había que pasarla del lado de la incorporación en la boleta, aplicando el principio de “maximizar el derecho ciudadano a ser votado”. Pero eso es algo muy, muy grave. El tribunal terminó siendo hiperestricto con el INE por lo que se refiere a la legalidad de sus actos, pero convenientemente piadoso con el aspirante por lo que se refería a la legalidad de los suyos. Y es cierto que en un Estado democrático de Derecho debe exigirse que toda autoridad cumpla con el principio de legalidad; pero también, por supuesto, implica exigir que todos los gobernados adecuen siempre sus actos a las leyes. Y que el Bronco las había infringido no era una presunción: era una realidad probada, que el INE había acreditado cientos de miles de veces. </p><p>No es muy complicado entender en qué fallaron los 4 magistrados: el artículo 34 de la Constitución establece que los ciudadanos tienen derecho a pedir su registro como candidatos independientes a puestos de elección popular siempre y cuando “cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación”. La sentencia le dio ese derecho al Bronco sin necesidad de que se verificara si realmente (suponiendo, sin conceder, que el INE realmente había cometido imprecisiones en el proceso) había cumplido con esos requisitos, condiciones y términos. </p><p>Además, la sentencia dañó gravemente la certeza que, conforme al artículo 41 constitucional, debe ser un principio rector de los principios electorales. Un magistrado lo reconoció en una entrevista que concedió: “Tuvimos la convicción de que conseguiría el registro a partir de ese margen de error que tenía”. Hágame usted el favor. Darle registro a alguien a partir de una suposición. Si eso no es pasar por encima de la Constitución y de la Ley, quién sabe qué lo sería. Eso no da certeza, sino que nos deja a todos dudando. Y por cierto, tampoco es garantismo: más bien cruza peligrosamente la línea de abuso de poder. Es cierto, la Sala Superior es la última instancia y es un tribunal constitucional, pero eso ni le da derecho a ponerse por encima de la legalidad, ni mucho menos a ignorar la letra de la Constitución.</p><p>La cosa se puede poner todavía peor. La sentencia del Bronco hay que leerla de la mano del caso de Ríos Piter (en este caso “El Jaguar”), en la que, acá sí, se ordena al INE volver a revisar, de los apoyos presentados, cuáles pueden rescatarse por válidos. Lo único que explica la diferencia de trato es la teoría de la pelota que pega en la red. Pero que no nos extrañe que luego los mismos 4 magistrados decidan ampliar el “margen de error” y decidir que también le favorece a este otro, y se nos termine llenando la boleta de candidatos con apodos de animalitos que no acreditaron cumplir con los requisitos exigidos, mientras que otra aspirante, que había presentado más del 90% de apoyos válidos, pero se había quedado a la mitad de los necesarios, no llegó a la boleta porque no cayó en la tentación de pretender engañar al INE y después impugnar la resolución de éste por sentir violados sus derechos fundamentales. Como ya varios columnistas lo dijeron: se premia la trampa, se premia la ilegalidad; en este país, nos confirmó esa pírrica mayoría de magistrados, el que no transa no avanza.</p><p>Usualmente, en México los juzgadores suelen no salir a explicar y socializar el sentido de sus resoluciones, pues ellos “hablan a través de sus sentencias”. Pero en este caso, ante el aluvión de críticas, la presión llegó a tal grado que los orilló a salir de su zona de confort (que es bastante amplia) y pretender dar la cara frente a la opinión pública (lo que de suyo es una buena práctica democrática que siguen muchos tribunales en muchos países democráticos). De ello nos quedan cuatro postales: (1) la tibieza al defender lo indefendible; (2) el estruendoso silencio de los que —con justa razón— no tenían nada que explicar sobre una decisión que no apoyaron; (3) declaraciones desafortunadas haciendo hincapié en que el tribunal y el INE “no son órganos constitucionales pares”… ¿y por lo tanto el primero está para mandar y corregir y el segundo para obedecer y callar?; y (4) algo que cualquier novato en comunicación no verbal podría diagnosticar: cierto arrepentimiento. </p><p>Adicionalmente, la decisión tiene impacto en el proceso electoral en curso, que se desarrolla a marchas forzadas, con procedimientos de relojería y en un entorno adverso. Por citar apenas algunos ámbitos en los que tiene impacto: el formato de los debates, el financiamiento público, la distribución de los spots en la pauta publicitaria, la producción de documentos electorales, destacadamente, la boleta. Ni más, ni menos. Pero eso parece no importar.</p><p>El Tribunal que inició con los polémicos fallos de Coahuila y el Estado de México tomó una peligrosa decisión, que pega en el corazón de su credibilidad. Esta integración de la Sala Superior es la que será la encargada de calificar y validar la elección presidencial. Vaya manera de complicarse y complicarnos a todos, en la antesala de un momento crucial para la vida democrática del país. </p><p style="text-align: right;">*Director del Centro de Estudios Alonso Lujambio, ITAM</p>