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Protocolo para garantizar el voto de personas Trans
dc.contributor | Guerra Pulido, Maira Melisa | es_MX |
dc.date.accessioned | 2018-04-28T15:39:48Z | |
dc.date.available | 2018-04-28T15:39:48Z | |
dc.date.issued | 2018-04-28 | es_MX |
dc.identifier.uri | http://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/1597 | |
dc.description | <p><br />Las personas Trans (travestis, transgénero y transexuales) podrán votar en las próximas elecciones si cuentan con su credencial para votar vigente y estén inscritas en la lista nominal de electores, esto aun cuando la expresión de género con la que se presenten en la casilla no coincida con: a) la fotografía de su credencial para votar; b) el nombre asentado en su Credencial para Votar; o c) el sexo asentado con su Credencial para Votar.</p><p>Ello será así sin que se le cuestione sobre su identidad ni tenga que vivir actos que invadan su privacidad y signifiquen trato desigual o cualquier conducta que restrinja su derecho al libre desarrollo de su personalidad.</p><p>Así se determinó en el “Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana”, que fue aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en sesión del 22 de diciembre de 2017, mediante el Acuerdo INE/CG626/2017.</p><p>La elaboración del Protocolo y el inicio de su implementación han implicado la revaloración, por parte de quienes laboramos en el INE, del sistema de candados que aseguran una votación libre, legal y auténtica. En este proceso hemos recordado las fortalezas con las que está construido el sistema electoral mexicano y de manera específica para asegurar que sólo vote una vez en cada elección quien tiene derecho a hacerlo.</p><p>Parte de esas medidas son: cuando una persona se presenta a su casilla a votar, o en su defecto a una casilla especial por encontrarse fuera de su distrito, no sólo se verifica que la credencial que entrega sea la propia sino que se corresponda con la lista nominal de electores (es decir, que esté vigente), se verifica que no haya sido ya marcada para la votación en curso y se revisa también el dedo pulgar derecho para constatar que no lo tenga entintado (es decir, que no haya votado ya).</p><p>Si la persona y su credencial para votar cumple con estas condiciones y vota, entonces la credencial es marcada en el recuadro correspondiente, se marca el pulgar derecho con tinta indeleble y se registra en la lista nominal de electores que la persona votó. Así, esa persona ya no podría votar en la elección del día en otra casilla por la marca en su dedo y esa credencial para votar no podría ser utilizada por alguien más para votar porque ya está marcada y porque la lista nominal indicará que votó.</p><p>En cualquier caso, debemos recordar que si una persona utiliza una credencial para votar que no es propia, estará cometiendo un delito electoral, tal como cometen un delito electoral aquellas personas funcionaras de mesas directivas de casilla que no permiten a una persona votar libremente cuando cumple las condiciones legales para hacerlo.</p><p>Por otra parte, las personas tenemos el derecho humano a la identidad, que nos permite a cada quien decidir personal y libremente su propia identidad, incluyendo la de género. Y ello no obliga a que cambiemos nuestra fotografía ni los datos de nombre y sexo en caso de haber hecho algún cambio en nuestra identidad de género. Lo anterior es así porque la propia credencial para votar cuenta con elementos de identificación biométricos como la facial y de las huellas dactilares.</p><p>Es decir, nuestras medidas de seguridad en contra el fraude electoral en la casilla han sido tan fortalecidas que hoy nos permiten resolver situaciones para las que no habían sido contempladas de origen. </p><p>Este protocolo se sustenta en la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 y su principio pro persona, y siguiendo los principios de universalidad e integralidad, permiten que se garantice el voto libre de las personas trans al mismo tiempo que mantenemos la integridad, certeza y legalidad del voto en las casillas en México. Sin duda, esto aporta un elemento más de fortaleza de la democracia mexicana.</p><p> </p><p> </p><p> </p> | es_MX |
dc.format | image/jpeg | es_MX |
dc.language.iso | es | es_MX |
dc.publisher | Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas | es_MX |
dc.subject | Protocolo trans | es_MX |
dc.subject | INE | es_MX |
dc.title | Protocolo para garantizar el voto de personas Trans | es_MX |
dc.type | Working Paper | es_MX |
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