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TEPJF confirma candidatura indígena a diputación federal
dc.contributor | Crónica de las Elecciones Federales | es_MX |
dc.date.accessioned | 2018-09-28T18:16:17Z | |
dc.date.available | 2018-09-28T18:16:17Z | |
dc.date.issued | 2018-07-26 | es_MX |
dc.identifier.uri | http://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/2377 | |
dc.description | <p><br />La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó los resultados del acta de cómputo distrital, declaración de validez y otorgamiento de la constancia de mayoría y validez del candidato electo a la Diputación federal por mayoría relativa en el distrito 2 de Veracruz con cabecera en Tantoyuca, postulado por la coalición Por México al Frente (PAN, PRD, Movimiento Ciudadano). Esto, al resolver el juicio de inconformidad 6/2018, sus acumulados 7 y los juicios ciudadanos 611 y 612 promovidos por los partidos Nueva Alianza, Verde Ecologista de México, Aurelio Olivares Hernández y Manuel Francisco Martínez Martínez, respectivamente. La Sala consideró que los actores de los juicios ciudadanos contaban con interés legítimo para controvertir los resultados de la elección porque pertenecen al municipio del cual alegan que el candidato electo no cumple con la autoadscripción indígena y adujeron una afectación a su derecho a la representación política de su comunidad. </p><p> </p><p><br />Nueva Alianza solicitó que se declarara la nulidad de la votación recibida en las casillas por instalarse en un lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital correspondiente, permitir a ciudadanos votar sin credencial, violencia física opresión sobre los miembros de las mesas directivas de casilla o electores e impedir el ejercicio del derecho al voto sin causa justificada.</p><p> </p><p><br />El PVEM y los ciudadanos denunciaron que se declare la nulidad de la elección por no observar la acción afirmativa indígena ya que, a su parecer, el candidato ganador no acreditó la autoadscripción indígena. </p><p> </p><p><br />Al resolver la impugnación de Nueva Alianza se declararon inoperantes los agravios debido a que no cumplían con la obligación de precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar para demostrar las irregularidades que denunciaron. </p><p> </p><p><br />Respecto a la inteligibilidad del candidato, la Sala determinó que al momento del registro, el Consejo General del INE analizó si el candidato cumplía o no con la calidad de indígena. </p><p> </p><p><br />El Pleno consideró los agravios como infundados porque no existieron las pruebas para desvirtuar la constancia base del registro y reconocimiento indígena del candidato nacido en la comunidad El Limón en Tantoyuca, Veracruz, de acuerdo con su acta de nacimiento. En relación con la impugnación del PANAL, se determinó declarar inoperantes los agravios debido a que los mismos incumplían con la obligación de precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar a fin de demostrar las irregularidades denunciadas. La Sala confirmó los resultados de la elección. </p><p> </p><p> </p> | es_MX |
dc.format | image/jpeg | es_MX |
dc.language.iso | es | es_MX |
dc.publisher | Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas | es_MX |
dc.relation.ispartof | http://ru.juridicas.unam.mx/xmlui/handle/123456789/1124 | es_MX |
dc.subject | TEPJF | es_MX |
dc.subject | Candidaturas indígenas | es_MX |
dc.subject | PAN | es_MX |
dc.subject | PRD | es_MX |
dc.subject | Movimiento Ciudadano | es_MX |
dc.subject | Nueva Alianza | es_MX |
dc.subject | Diputaciones federales | es_MX |
dc.subject | Mayoría relativa | es_MX |
dc.subject | PVEM | es_MX |
dc.title | TEPJF confirma candidatura indígena a diputación federal | es_MX |
dc.type | Working Paper | es_MX |
dc.identifier.url | https://cronicaelectoral.juridicas.unam.mx/posts/post_index/1093-tepjf-confirma-candidatura-indigena-a-diputacion-federal | es_MX |
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