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TEPJF confirmó la designación de Juan Zepeda como senador de primera minoría por el Estado de México
dc.contributor | Crónica de las Elecciones Federales | es_MX |
dc.date.accessioned | 2018-09-28T19:37:25Z | |
dc.date.available | 2018-09-28T19:37:25Z | |
dc.date.issued | 2018-08-20 | es_MX |
dc.identifier.uri | http://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/2387 | |
dc.description | <p><br />El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó por unanimidad la sentencia de la Sala Regional Toluca en la que se modificaron los resultados de los cómputos de la elección de senadurías en el Estado de México y confirmó la declaración de validez y entrega de las constancias de mayoría a favor de los candidatos Delfina Gómez e Higinio Martínez postulados por la coalición Juntos Haremos Historia (mayoría relativa) y Juan Zepeda postulado por la coalición Por México al Frente (primera minoría). </p><p> </p><p><br />Al resolver el SUP-REC-853/2018, la Sala Superior estableció que, a partir de las constancias que obran en autos, se carece de elementos que permitan concluir que el candidato señalado rebasara el tope de gastos de campaña, por lo que no procedía declarar la nulidad de la elección de mayoría relativa ni revocar la constancia otorgada a la primera minoría. </p><p> </p><p><br />El Partido Revolucionario Institucional denunció que Juan Zepeda rebasó el tope de gastos de campaña en un 6.24% al omitir reportar ante el INE gastos de publicidad en eventos, anuncios espectaculares, mantas, utilitarios, lonas y redes sociales, por lo que solicitó declaró la nulidad de la elección. </p><p> </p><p><br />El Pleno determinó que no se cuenta con elementos para acreditar el supuesto rebase de tope de gastos de campaña por parte de Zepeda, ya que en la resolución INE/CG-1097/2018 relativa a las irregularidades en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de gastos e ingresos de los candidatos a la Presidencia de la República, Diputaciones federales y Senadurías se determinó que Zepeda no rebasó el monto autorizado para las campañas electorales. Igualmente se señaló que las dos quejas relacionadas con el presunto rebase que fueron impugnadas ante la Sala Superior se declararon infundadas en el SUP-RAP-220/2018. </p><p> </p><p><br />Al no contar con elementos que permiten concluir el rebase, la Sala Superior confirmó la sentencia y declaró la validez de la elección y otorgamiento de la constancia de senador por primera minoría por el Estado de México a Juan Manuel Zepeda Hernández.</p><p> </p><p> </p> | es_MX |
dc.format | image/jpeg | es_MX |
dc.language.iso | es | es_MX |
dc.publisher | Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas | es_MX |
dc.relation.ispartof | http://ru.juridicas.unam.mx/xmlui/handle/123456789/1124 | es_MX |
dc.subject | Senadurías | es_MX |
dc.subject | Juntos haremos historia | es_MX |
dc.subject | Por México al Frente | es_MX |
dc.subject | TEPJF | es_MX |
dc.subject | INE | es_MX |
dc.subject | PRI | es_MX |
dc.title | TEPJF confirmó la designación de Juan Zepeda como senador de primera minoría por el Estado de México | es_MX |
dc.type | Working Paper | es_MX |
dc.identifier.url | https://cronicaelectoral.juridicas.unam.mx/posts/post_index/1103-tepjf-confirmo-la-designacion-de-juan-zepeda-como-senador-de-primera-minoria-por-el-estado-de-mexico | es_MX |
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