Fecha
2018-04-14
Autor
Curioca Martínez, Ingrid
Temas
TEPJF
Bronco
Descripción
<p> </p><p>El pasado lunes 9 de abril, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió los medios de impugnación promovidos por Jaime H. Rodríguez “El Bronco”, en los cuales controvertía el dictamen sobre el cumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para obtener el registro a la candidatura independiente por la Presidencia de la República y, la negativa del registro como candidato derivado del incumplimiento de los requisitos para obtener la misma (ver SUP-JDC-186/2018 y SUP-JDC-201/2018).</p><p>La discusión del TEPJF tuvo como tema central considerar si a “El Bronco” le habían violado su garantía de audiencia, o no. Al respecto, una mayoría de 4 magistrados consideró que el INE no le había otorgado su derecho de audiencia, detonando en una inequidad procesal al no permitirle la revisión total de sus firmas invalidadas. Por otro lado, una minoría de 3 magistrados se pronunció por la inexistente violación a la garantía de audiencia de “El Bronco”, pues durante el periodo para la recolección de firmas tuvo un total de 11 garantías de audiencia (26 febrero-16 de marzo), informándole del procedimiento para la compulsa del folio de firmas. Al procedimiento de compulsa, el candidato decidió no acudir, pues estaba en el entendido de que su candidatura ya había cumplido con el porcentaje mínimo requerido de firmas válidas, de la misma forma en que decidió no impugnar el procedimiento de validez de las firmas.</p><p>Después del fallo emitido por el TEPJF, queda pendiente listar qué cosas tendrá que modificar el INE, derivado de los efectos que tiene el acatamiento de la sentencia una vez que el Consejo General ha determinado otorgarle el registro a “El Bronco” como candidato a la Presidencia de la República:</p><p>1.- Distribución del financiamiento público entre el nuevo universo de candidatos independientes para la Presidencia de la República: Para distribuir el financiamiento público a los candidatos independientes, la normativa indica que el INE debe considerarlos (en conjunto) como una partido político de nueva creación, es decir, el 33% del financiamiento público que se otorgaría a los candidatos a la Presidencia de la República se deberá dividir entre el número de candidatos independientes que obtuvieron su registro. Cuando teníamos a Margarita Zavala como única candidata independiente, se le pudo asignar hasta el 16.6% del monto destinado para financiamiento público de los candidatos independientes a la Presidencia de la República (representando un tope máximo del 50% de la bolsa total asignada a este tipo de elección). Con la llegada de “El Bronco” a la contienda, el financiamiento público deberá destinarse en 16.6% por cada candidatura independiente a la Presidencia de la República, sin tener variación alguna en el financiamiento originalmente otorgado a Margarita Zavala, pues a “El Bronco” se le otorgaría la otra mitad del financiamiento que no se le permitía tener a Zavala siendo candidata única. Sin embargo, dado que aún queda pendiente la determinación de una candidatura independiente (ver SUP-JDC-161-2018 y SUP-JDC-192-2018) relativa a Armando Ríos Piter, si el TEPJF decidiera revocar la negativa de registro a su candidatura y la autoridad electoral le otorgara el registro, tendríamos 3 candidatos independientes a la Presidencia de la República, lo cual sí podría generar una modificación en la asignación del financiamiento público otorgado a cada candidato. Aun cuando con la llegada de “El Bronco” no se modificó la asignación de financiamiento porque el 33.33% siguió siendo dividido entre 2, es un hecho que, de existir 3 candidatos independientes en la boleta presidencial, el financiamiento público que legalmente le asignarían a cada uno se verán reducido, quedando en un 11.1% del financiamiento público total, para cada candidato.</p><p>2.- Distribución de los tiempos en radio y televisión: Los candidatos independientes cuentan con prerrogativas únicamente en la etapa de campañas electorales. Para su asignación, la Constitución Federal los considera (en su conjunto) como un partido político de nueva creación, por lo cual, no participarán en la asignación del 70% de las prerrogativas en radio y televisión, pues al asimilarlos como un partido de reciente registro, se entiende que no han tenido votos de la elección inmediata anterior en diputaciones federales. Tomando en cuenta lo anterior, los candidatos independientes únicamente participarán de la distribución del 30% restante de tiempos en radio y televisión, dividido en partes iguales entre los 9 partidos políticos nacionales y 1 “partido” de los independientes en conjunto, es decir, el 30% de las transmisiones se asignará dividida entre 10 actores con derecho a los mismos. Específicamente tendríamos que a los candidatos independientes para presidente, senadores y diputados se le destinaría el 3% del total de espacios, teniendo un total de 1% para cada tipo de elección. Con “El Bronco” en la boleta, cada candidato independiente a la presidencia puede contar con el 0.5% de prerrogativas. Si Ríos Píter llega, se reducirá a 0.33% por candidato presidencial.</p><p>3.- Otorgar un espacio a la representación de “El Bronco” ante el Consejo General del INE: De esta forma procedería la forma de notificación automática de todos los acuerdos del Consejo General, pues por medio de sus representantes, los candidatos independientes a la Presidencia de la República conocen de cualquier acto que pueda favorecer o perjudicar su esfera de derechos.</p><p>4.- Modificar el espacio y programa de debates presidenciales: El tiempo asignado a cada candidato para los tres debates presidenciales es el mismo, al existir más candidatos, los tiempos del uso de la palabra individualmente se verán disminuidos, es así que con la llegada de “El Bronco”, la Comisión Temporal de Debates del INE definió que, próximamente para el primer debate, los bloques de intervenciones pasarán de ser 4 a ser 3 por cada candidato a la Presidencia de la República.</p><p>Parece que las etapas procesales en las candidaturas independientes a la Presidencia de la República aun no adquieren definitividad. La indefinición de algunas candidaturas seguirá generando incertidumbre en el desarrollo del Proceso Electoral, tanto para los electores, como para los mismos contendientes.</p><p style="text-align: right;">*Centro de Estudios Alonso Lujambio, ITAM</p>